ASAMBLEA EN COMUNIDAD DEL MUNICIPIO BERMÚDEZ, ESTADO SUCRE -VENEZUELA

EN ASAMBLEA DE CIUDADANOS LAS COMUNIDADES DE
EL VALLE PRIORIZARON CON ÉXITO SUS PROBLEMAS
AL PRESUPUESTO MUNICIPAL

La Fundación Incide y los promotores de la Escuela de Ciudadanía del municipio Bermúdez, se sienten complacidos por el éxito obtenido en la Asamblea de ciudadanos y ciudadanas realizada el sábado 13 de Junio, a las 4:00 pm., en el salón de reuniones de La Vicaria El Valle, en la cual participaron las siguientes comunidades que conforman El Valle: Urbanización y Prolongación El Valle, Campo Alegre y sector La Planta.
La Asamblea se realizó con el propósito de deliberar y priorizar los problemas comunes y más urgentes de las comunidades antes mencionadas, para luego ser presentadas a las autoridades locales competentes.
Este derecho ciudadano fue ejercido conforme a lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que reconoce el derecho de todos los ciudadanos a participar en los asuntos públicos (art. 62) y menciona a la Asamblea de ciudadanos y ciudadanas como un medio de participación y protagonismo del pueblo cuyas decisiones son de carácter vinculante (art. 70).
Igualmente, la Ley Orgánica del Poder Público Municipal en los artículos 263 y 264, reconoce la Asamblea de ciudadanos y ciudadanas como un medio de participación en el ámbito local de carácter deliberativo en la que todos los ciudadanos y ciudadanas tienen derecho a participar por sí mismos, y cuyas decisiones serán de carácter vinculante para las autoridades.
Después de dar la bienvenida, recordar los motivos de la Asamblea de ciudadanos y estando todos conformes con la realización de la misma, se informó quienes serían los facilitadores y secretarios en los respectivos grupos de trabajo.
Luego, para propiciar la participación y la deliberación en torno a los problemas, se reflexionó en los grupos de trabajo, en base a los criterios de equidad y solidaridad, considerando el problema o carencia que más afecta o que más gente afecta a las comunidades más necesitadas de la zona.
Posteriormente, cada grupo expuso en plenaria sus decisiones, y en consenso se priorizaron los siguientes problemas:
Insuficiente suministro del agua potable por tubería debido a la falta de presión y el tiempo de suministro diario de agua.
Deterioro del asfaltado (huecos e irregularidades), de las aceras, cunetas y escaleras por falta de mantenimiento.
Mal estado de las puertas, ventana y cerca de alfajor de la capilla “Nuestra Señora del Valle”, a consecuencia de las polillas y el hampa. 
Las decisiones de la Asamblea, más las firmas recolectadas ese día, serán presentadas en la Cámara Municipal y se exigirá que sean aprobadas e incluidas en la ordenanza de presupuesto del año 2016.
También se acordó solicitar una audiencia con el ciudadano Alcalde, Lcdo. Julio Rodríguez, para abordar dos graves situaciones que están padeciendo: el deficiente servicio del aseo urbano, ya que no cumplen con los días fijados para prestar tan importante servicio y el aumento de la inseguridad que afecta el desenvolvimiento normal de la población e incluso está afectando el número de la matrícula escolar en la zona.
Por último, se conformó una comisión delegada para gestionar las decisiones de la Asamblea ante las autoridades públicas competentes e informar luego a las comunidades sobre los resultados de las mismas.

¡Hacia una ciudadanía consciente y participativa!

LA PARTICIPACIÓN UN DERECHO QUE NO EJERCEMOS

LA PARTICIPACIÓN UN DERECHO QUE NO EJERCEMOS.
Los venezolanos tenemos un derecho constitucional que no ejercemos, reclamamos o exigimos: el derecho a participar. En el marco de la constitución se hace un llamado a participar en 130 de los 350 artículos que la componen.

Siendo la participación unos de los principios (inicio) básicos de todos los demás derechos humanos es vital el ejercicio del mismo: los atributos que los derechos humanos protegen, conllevan el derecho a participar libremente en los asuntos que guarden relación, influyan o afecten el reconocimiento, goce o ejercicio de todos estos derechos.

Sobre la participación, se reconoce en la constitución la participación directa y la participación indirecta. En la práctica, el énfasis siempre se pone en la participación indirecta. El gobierno la promueve, los gremios y asociaciones también, en las elecciones se refuerza este sentido, pero después de elegir directamente, se delega a otros el poder de tomar las decisiones; y casi nadie muestra interés en promover, o mejor educar la participación directa.

En la constitución, en los artículos 62 y 70, se señala la necesidad de participación directa en el ámbito del poder público. En su contenido se señalan unos medios de participación directa. Uno de estos medios es la Asamblea de Ciudadanos. Una de las características distintiva de los otros medios es que las decisiones que se tomen en su ejercicio son de carácter vinculante para las autoridades públicas. Sobre esta cualidad de las decisiones de las Asambleas de Ciudadanos poco se ha escrito.

En los últimos años las únicas leyes que han desarrollado normativas específicas sobre las Asambleas de Ciudadanos, son las leyes del llamado Estado Comunal. Muchas de estas leyes son cuestionadas porque contiene normas que se consideran restrictivas para el ejercicio libre de las Asambleas de Ciudadanos, y violentan principios fundamentales del derecho a la participación. Son restricciones indebidas del derecho a la participación: las leyes que prohíban, discriminen o limiten el derecho a participar; Las medidas que obliguen a ejercer el derecho, o a inhibirse de su ejercicio; Los requisitos que obstaculicen el derecho a participar o puedan conducir a sus negación; Las medidas de prohibición o suspensión injustificada del derecho; la omisión de las medidas que protegen el derecho a participar. Aquí hay que recordar el artículo 07 de la Constitución que señala a la misma como  “… la norma suprema y el fundamento del ordenamiento jurídico…”, por tanto toda ley que contradice sus principios fundamentales, aunque estén legalizadas, deben ser restructuradas y adecuadas a la Constitución.

La participación como atributo necesario para dar garantía al llamado protagonismo de los ciudadanos en la marcha de los destino de la nación y en particular de los municipios, requiere ser educada, promovida, activada, pero también requiere de la voluntad política para permitirla. No bastan las palabras discursivas que la ensalzan, se requiere voluntad para favorecerla. Al respecto la Ley Orgánica del Poder Público Municipal en su artículo 254 señala la obligación del Municipio de crear programas de formación dirigidos a los ciudadanos para fortalecer o desarrollar sus capacidades, la cultura de la participación debería ser una de esas capacidades a desarrollar. Pero ¿cuál municipio del Estado Sucre cumple esta obligación? ¿Será que mientras menos cultos en este aspecto, menos problemáticos serán los ciudadanos? Pareciera que el escaso o nulo interés tiene sus justificaciones.

La Fundación INCIDE tiene 26 años apostando por la educación ciudadana, en particular sobre los derechos a la participación. El esfuerzo se mantiene con el mismo optimismo, esperanza y firmeza, a pesar de lo difícil que resulta generar un cambio en la conciencia de los ciudadanos. Pero creemos en la gente y seguimos apostando por generar unos ciudadanos más comprometidos con su destino, ciudadanos que prioricen la recuperación de los principios y valores originarios de nuestra sociedad venezolana como la solidaridad, la fraternidad, el respeto a la dignidad de toda persona, el sentido de comunidad, el gentilicio venezolano…  y se desechen los antivalores que en estos últimos años se nos han ido inculcando. Creemos que a través del ejercicio de la participación ciudadana de manera organizada, con libertad para decidir, con autonomía para darnos direccionalidad, con  independencia de ataduras ideológicas, priorizando el sentido de lo común,  siendo solidarios y fraternos podemos generar un verdadero cambio hacia la buena vida que todos queremos.  

Por Simón Fuentes. Fundación INCIDE.