Los derechos humanos tienen un principio de progresividad
Por
Lic. Mayber Marquez
– 3 junio, 2012Publicado en Diario Región: Cumaná

Kristen sostuvo que cuando el Estado asume y ratifica los derechos humanos, significa que son obligatorios. En caso contrario, los principales afectados serán campesinos, trabajadores y la sociedad más necesitada. FOTO/ GLEEN LUGO



El anuncio presidencial sobre la decisión de retirar a Venezuela de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos Cidh, ha sido motivo de estudio para diversas organizaciones.

Sin embargo, lo más importante es lograr que la población en general, comprenda las repercusiones o limitaciones de la medida.

El centro de Derechos Humanos de la Universidad Católica Andrés Bello, ha señalado que “una vez que la comunidad internacional ha reconocido a la persona humana como sujeto de derechos, la responsabilidad de protección y garantía de los estados, no cesa con el retiro por la denuncia a un convenio.

Por otra parte, invocar la soberanía por encima de los derechos de las personas, compromete seriamente el talante democrático del Estado. Aún así los venezolanos estarán menos protegidos, pero nunca menos indefensos” escribió la directora del Centro, Ligia Bolívar.

En ese sentido, la Academia de Ciencias Políticas y Sociales, rechazó la decisión por considerar que el derecho de toda persona a dirigir peticiones o quejas a la Cidh, para solicitar amparo a sus derechos humanos es precisamente un derecho constitucional expresamente consagrado en su artículo 31.

Además, la Convención Americana de Derechos Humanos Cadh, expresamente, forma parte de la Constitución en materia de los límites a los estados de emergencia. “Ni el Presidente de la República, ni la Asamblea Nacional; pueden modificar la Constitución en dicha materia”.

En el estado Sucre, el coordinador de la Fundación de Derechos Humanos del estado Sucre Incide, Estelin Kristen, explicó que los derechos humanos son Inherente a cada persona y el Estado está en la obligación de reconocerlos y garantizarlos, en el caso de Venezuela están reconocidos nacional e internacionalmente a través de la
Constitución misma de la República Bolivariana de Venezuela, en sus artículos Nº 21 y Nº 23 que elevan a la condición de dispositivo constitucional, todos los Tratados y Convenciones de Derechos Humanos de los cuales Venezuela es Estado Parte.

“Significa que los Estados se comprometen a no retroceder en las conquistas alcanzadas, sino a fortalecerlas, porque una de las características de los derechos humanos es la universalidad y si se están violentando, existen instancias internacionales a las cuales se puede acudir. El Estado dice que ya no quiere suscribir la convención, pero tiene un año de preaviso al Secretario General de la OEA para que éste envíe la información a los estados participantes. Sin embargo, aunque se puede salir de la convención, no significa que no exista responsabilidad en los derechos adquiridos, porque Venezuela no saldría del sistema de protección de la OEA”, dijo.

Las críticas al Cidh por parte de Venezuela no son nuevas, sino que datan desde el 2008, pero por encima de ello, Kristen subrayó la importancia del principio de progresividad de los derechos humanos que se reconocen en la Constitución y una vez que se han adquirido no puede retroceder sino por el contrario, se deben mejorar.

“Por ejemplo, antes se hablaba del derecho a la vivienda y ahora se habla de un ambiente digno, al igual que la tecnología, porque se destaca el derecho a la ciencia o los derechos de la mujer como ocurre en la nueva Ley Orgánica del Trabajo, (LOT) para la protección de la familia, cuando se amplía el permiso postnatal, se extiende la inamovilidad laboral al padre, es decir, la perspectiva de los Derechos Humanos se amplía”, subrayó.

Aseveró que para cambiar los principios no sólo se tendría que reformar la Constitución sino la República también.

“Hay un factor que establece que los principios y valores no entran en materia de reforma Constitucional, que es lo que se encuentra en la parte dogmatica del preámbulo y los contenidos de derechos humanos eso se puede mejorar, como ocurrió en la Constitución del año 1999 con respecto a la de 1961, donde se ampliaron los derechos de participación; pero no es posible promover una reforma para eliminar un derecho adquirido”, apuntó.

Destacó que la República implica autonomía e independencia de los Poderes Públicos, preeminencia de la Constitución como norma suprema, la imperancia de la Ley y que todos los aspectos relacionados con la Gestión Pública sean discutidos de forma abierta y trasnparente.

“La autonomía es un aspecto importante para que los poderes se controlen entre sí aunque muchas veces no se cumplan. De lo que estoy convencido es que hay derechos humanos conquistados sobre los que no se puede retroceder, porque ningún poder público puede cambiar los principios y valores, para eso existen mecanismos y la Constitución establece el derecho a apelar a cualquier instancia internacional, cuando se violenten los derechos y la administración de justicia no de respuesta”, reiteró.

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