LOS DERECHOS SOCIALES, DERECHOS PARA TODOS.
Durante mucho tiempo (los años 2012, 2013 y 2014)
un grupo significativo de adultos (hombres y mujeres) del municipio
Arismendi del estado Sucre, se
congregaron bajo la figura jurídica de fundación (“Amigos de la tercera edad”)
y manosearon la esperanza y posibilidad de que el gobierno regional y/o Municipal, en conjunto con entes privados,
favorecieran y dieran respuestas satisfactoria a una solicitud relativa a algunos
Derechos Sociales (alimentación, salud, recreación y seguridad social) de un
segmento vulnerable de la población, como lo es el grupo de la tercera edad. La
respuesta negativa e insatisfactoria a esa iniciativa noble y humana es la que ha
dado motivo a presentar estas ideas.
El fundamento de los Derechos
Humanos y por tanto de los Derechos Sociales es la dignidad humana o de la
persona. Todo parte de allí. La dignidad humana es una cualidad, no una
cantidad, que poseemos todos los seres humanos, es por ello que ningún ser
humano tiene más dignidad que otro, aunque viva más digno que aquel, que es
otra cosa.
Los Derechos Sociales nos hacen
más humana la vida, mejorando las relaciones entre las personas y el entorno.
Son garantías de la igualdad y la libertad reales,
pues la libertad humana no es posible,
si es imposible ejercerla por las condiciones materiales de existencia (Lorenz von
Stein).El disfrute de ellos, implica el acceso a los medios
necesarios para tener unas condiciones de vida dignas.
Todas las personas, por el hecho de
serlo, tenemos derechos (inherentes a la condición humana), por lo tanto
anteceden y prevalecen sobre cualquier otro compromiso, consecuentemente, son
derechos que ninguno puede perder o conceder. Además, no son simple caridad o política asistencial del Estado. Aquí cabe muy bien la pregunta que
muchos nos hacemos, producto de voces que se escuchan en las calles:¿las
políticas y programas sociales que
impulsa el gobierno son para toda la población o sólo para un grupo o sector en
particular? Por ninguna razón política o de otra índole el Estado no debe
adoptar medidas discriminatorias en relación
con el disfrute de los Derechos Sociales de todas las personas.
Haciendo una breve enumeración, los
Derechos Sociales son:
- el derecho a un empleo y a un salario,
- el derecho a la recreación,
- el derecho a la salud,
- el derecho a la protección social en casos de necesidad (jubilación, seguridad social, desempleo, bajas laborales por enfermedad, maternidad o paternidad, accidentes laborales),
- el derecho a la vivienda,
- el derecho a la educación,
- el derecho a la sanidad,
- el derecho a un medio ambiente saludable, al acceso a la cultura.
- el derecho a la alimentación, entre otros
Los Derechos Sociales se han ido
positivando en diferentes Declaraciones y Pactos, tanto a nivel internacional
como regional. Fueron ratificados por la ONU en
1988. Aunque observamos que corrientemente las organizaciones de Derechos Humanos
se ocuparon de los derechos civiles y políticos, en los últimos años ha cobrado
fuerza la idea de la indivisibilidad e interdependencia de los Derechos Humanos,
la cual ha sido reconocida en la Declaración de Viena sobre los Derechos Humanos
y en algunos Tratados Internacionales. Se considera entonces que, si no se
garantizan los Derechos Sociales; los Derechos Civiles y Políticos no podrán
ser respetados ni protegidos.
Los Derechos Sociales no es que sean
distintos de los Derechos Políticos y Civiles, sino que es una corriente dentro
de la totalidad que llamamos los Derechos Humanos.
En Venezuela como en América
Latina, se ha dado el reconocimiento de
los Derechos Sociales como derechos de cumplimiento inmediato, exigibles y de
cumplimiento progresivo. (Declaración de Quito acerca de la exigibilidad y
realización de los Derechos sociales en América Latina y el Caribe, 1998 y Defensoría
del Pueblo, 2007). Ningún Estado puede argumentar o invocar que no tiene fondos
públicos para satisfacer las demandas de la población acerca de sus Derechos Sociales
o para “…Justificar actos de los poderes públicos dirigidos, por ejemplo, a la
destrucción del medio ambiente, a
infligir daños a la salud de las personas o a despojarlos arbitrariamente de
sus viviendas…”( Jesús María Casal).
No cabe duda, que satisfaciendo o dando
respuestas efectivas a las demandas de los Derechos Sociales de la población; constituirá un
factor determinante en la erradicación de la pobreza y en un aumento de la
calidad o nivel de vida de los más desprotegidos.
Autor: José
Lemus, Animador de Procesos Municipales