Poder Social de Base

Presentación

La presente es una propuesta de organización de base sustentada en la Constitución Bolivariana de Venezuela. Es una propuesta que nace de la praxis (acción reflexionada) de la conjunción de experiencia y teoría, que se sustenta en principios sociológicos, psicosociales, pedagógicos, y se justifica en el marco constitucional de Venezuela en leyes posteriores a la Promulgación de la Constitución del año 1999.
Es una propuesta viable. Ya en marcha. No fácil, pues rompe y necesita romper con actitudes de pasividad de la gente, con estilos de liderazgos hegemónicos, con una democrática representativa.
E una propuesta diferente a otras ya existentes, a las cuales haremos referencia no para desprestigiarlas, sino para NO repetirlas.
Es una propuesta hecha para que las comunidades se apropien de ella y la validen con mejoras sustanciales en beneficio de su calidad de vida.
Es una ppropuesta que también pueden impulsar las instancias activadoras o facilitadoras que tienen por mandato y misión promover la participación y organización comunitaria.
Es una propuesta sobre la cual pueden basarse los Consejos Legislativos de cada Estado para que, en cumplimiento del arto 47 de la Nueva Ley Orgánica del Poder Público Municipal, favorezcan la participación, protagonismo y soberanía de las bases en el establecimiento del régimen municipal.
Y puede inspirar, ojalá, a las Cámaras Municipales para que la conviertan en política pública, pues es la explicitación coherente de la Ley de los Consejos Locales de Planificación Pública y una de las competencias que la nueva Ley Orgánica del Poder Público Municipal asigna a los municipios. En efecto, el artículo 4 dice que es una competencia del Municipio, ya anunciada en la Constitución, impulsar y promover la participación ciudadana, en el ejercicio de sus actuaciones.
Y añade: "en el ejercicio de su autonomía corresponde al municipio: (. . .) crear parroquias y otras entidades locales; y crear instancias, mecanismos y sujetos de descentralización, conforme a la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la ley; legislar en materia de su competencia, y sobre la organización y funcionamiento de los distintos órganos del municipio".
Lo que hoy presentamos contiene, además de la introducción, que consideramos muy pertinente, y además de algunos anexos que pueden ser útiles, ocho capítulos que de manera progresiva desarrollan la propuesta desde una fundamentación jurídica y conceptual hasta su operatividad en la práctica.
Aconsejamos una primera lectura, con serenidad y calma, para la comprensión de la globalidad y de la direccionalidad de la propuesta. Sólo desde la globalidad de la propuesta se pueden entender las implicaciones operativas.
En concreto, para proponerla nos parece importante, presentar a los actores comunitarios siempre la direccionalidad (el sueño hacia donde vamos), insistir en las líneas estratégicas de promoción de participación y no de sustitución, convocar permanentemente a la creatividad innovadora (pues la propuesta es sólo propuesta y base para provocar la iniciativa del pueblo).
Sin embargo, para operativizarla es imprescindible que los actores la perciban como fácil y accesible. Por lo cual se debe presentar paso a paso el proceso, explicando la razón y finalidad de cada paso y de cada fase, transfiriendo las herramientas necesarias, velando que el paso sugerido sea realmente dado. En caso contrario, de no dar el paso, las tareas se acumulan y actores y comunidad sienten que el camino es intransitable.
Conjugar sueños (direccionalidad) y procesos (apropiación y recreación de conceptos, métodos, herramientas, procedimientos) con tolerancia y con el ritmo pausado de la gente es el arte de la pedagogía educativa del acompañamiento.

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